Si dos o más actores deciden constituir una sociedad, lo primero que deben hacer es inscribir a la misma en el Registro Mercantil para darla de alta.
Luego, al momento de firmar la constitución, deben hacerlo a través de un notario, y esto requiere crear una escritura pública en donde aparecen todos los derechos y obligaciones de la sociedad una vez creada.
Los responsables, si bien pueden dejar en manos de terceros la tramitación y entrega de la documentación, serán siempre los socios fundadores de dicha sociedad.
A continuación explicamos con más detalle la documentación necesaria y los requisitos que deben cumplirse para la constitución de una sociedad.
Pasos para la constitución de una Sociedad
Para la constitución de una sociedad es necesaria la creación de los Estatutos Sociales en los cuales deben aparecer una serie de datos necesarios.
En una sociedad debe haber una Junta, en el cual aparecen todos los socios y representantes. También debe existir un Órgano de Administración, el cual se encarga como el nombre lo indica de administrar todo lo concerniente a la empresa, como por ejemplo: el personal que trabaja en la misma, sus contratos, y proveedores, entre otras cosas. Debe aparecer el Objeto Social, el Capital Social, el Ejercicio Social, el Domicilio Social.
Deben figurar la Duración de la Sociedad, la Adopción de Acuerdos y por último la Disolución. En cada punto se debe desarrollar la explicación ya que en un futuro son los estatutos los que decidirán cualquier cambio o modificación que se quiera realizar con la sociedad.
También se debe acudir al Registro Mercantil para solicitar que el nombre que se decida para la sociedad esté certificado.
Se necesita abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad donde deben figurar todos los responsables que tengan acceso a la misma.
Una vez obtenida habrá que solicitar a la entidad bancaria un certificado bancario en el que aparezca la sociedad como titular de la cuenta. Luego de realizados los los estatutos arriba mencionados la sociedad debe dirigirse a una notaría para establecer como formalizada la escritura pública. Todos los socios y administradores deberán reunirse y firmar todos los documentos ante notario.
Una vez pagados los honorarios de la notaría, la sociedad ya tendrá en su poder, cumplido el plazo de entrega aproximado de 15 días establecido, la escritura certificada y lista para presentar.

Documentación requerida para la constitución
Se va a requerir que todos los socios y/o administradores presenten su documentación personal, pudiendo ser el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, siempre que el documento que se presente sea el original y esté en vigor.
También los estatutos explicados anteriormente deberán ser presentados con su certificación correspondiente. Debe haber una certificación entregada por la entidad bancaria elegida en el momento de la apertura de la cuenta. Esta, a nombre de la sociedad y en donde se especifique el capital social desembolsado.
Es importante que no exista otra sociedad la cual tenga el mismo nombre que la que se acaba de crear. Por esto es necesario solicitar lo que se llama Certificación Negativa, la cual acredite que con el nombre de la empresa creada existe sólo esa.
En el caso de que aparezcan aportaciones no dinerarias, aportes no económicos, entonces se deberá configurar una relación sobre lo aportado, en el caso de que se trate de bienes aportados, se detallará su valoración y todo lo referente a participaciones y acciones, y si el aporte fuera de bienes inmuebles, entonces habrá que presentar los datos registrales. En el caso de las sociedades anónimas se deberá elaborar un informe sustitutivo del administrador o un documento donde se hable sobre su valoración. Esto también aplica a sociedades realizadas por un grupo de accionistas. Si la sociedad está conformada por personas que están unidas en matrimonio, entonces se requerirá una comprobación sobre su régimen económico, ya que en el caso de que se produzca una separación de bienes o tenga existencia un régimen de gananciales, será necesario la presentación de una capitulación matrimonial.
Preguntas frecuentes sobre la constitución de una sociedad
Para constituir una sociedad primero hay que inscribirse en el Registro Mercantil, certificar que no hay otra sociedad de igual denominación y luego solicitar la constitución mediante notario.
El tiempo de demora es de aproximadamente 15 días.
La sociedad debe estar certificada por un notario.
La deben firmar quienes la conforman, o en su defecto los representantes de la misma.