El Estado español ha dado la posibilidad de beneficiar a las madres que trabajan (Ayuda a Madre Trabajadora) y les ha dado la posibilidad de reducir el gravamen que deben aportar al Fisco a través de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se trata de una bonificación que se le da por cada hijo que tenga, ya sea propio o adoptado. Se debe hacer anualmente y es personal y obligatorio, para que el Estado controle de manera correspondiente los datos aportados.
Cómo solicitar la ayuda
Para realizar el trámite es necesario cumplimentar debidamente e imprimir el formulario 140.
Se puede poner en un sobre ordinario con los datos identificativos, poniendo como destinatario a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y enviar al apartado de Correos FD número 30.000 de la Delegación Provincial, mencionando que se trata del formulario 140. Se puede acercar a cualquier oficina de Correos.
Otra opción es dirigirse a una oficina de la Agencia Tributaria y hacerlo de manera presencial.
Se puede dar el caso de que haya dos personas beneficiarias, si esto ocurre es posible enviar las dos declaraciones conjuntamente, es decir, en el mismo sobre, o bien pueden las personas acercarse a las oficinas y realizar el trámite de ambas en mismo momento.
Formulario 140
Para que la madre trabajadora pueda solicitar la deducción que le corresponde por tener uno o más hijos, se debe cumplimentar éste formulario, que no es más que un documento a través del cual se requiere a Hacienda obtener la deducción por maternidad anticipadamente. Una vez rellenado y habiendo cumplido con los requisitos, es cuando el pago se puede hacer efectivo, que son 100 euros por hijo por mes.
Beneficios de la Ayuda a Madre Trabajadora
Las madres y los padres tienen el derecho de incluir a sus hijos para obtener los beneficios que les otorga el Estado Español. Para esto, deben informarlo en la declaración de la renta del IRPF. Esto les ayuda a que la familia goce de las mejores condiciones viables y así reducir el aporte al Fisco.
Claro que para que estos beneficios sean posibles es necesario de ciertos requisitos, como ser que los hijos vivan bajo el mismo techo familiar, no deben superar la edad de 25 años y en el caso de que trabajen, los ingresos no pueden superar los 8.000 euros anuales. Si todo esto se cumple, para el primer hijo corresponde la suma de 2.400 euros, para el segundo hijo 2700 euros, para el tercer hijo 4.000 euros, y si se tienen 4 hijos o más la cantidad es de 4.500 euros. Si el hijo o los hijos no superaran la edad de 3 años entonces la cantidad aumenta.
Existen dos casos en los que se puede repartir este beneficio. En el primer caso, si la madre o padre son solteros, le corresponde el 100% a quien tenga a cargo a los hijos, en el caso de que sean convivientes, le corresponde el 50% a cada padre, siempre y cuando la declaración no sea conjunta.
Solicitar por teléfono
Para realizar el trámite vía telefónica es necesario tener a mano ciertos datos que ayuden a agilizar la solicitud de la deducción por maternidad y que el pago sea efectivo de forma anticipada. Se deberá dar información sobre el NIF, la identificación de la Seguridad Social, los datos bancarios, el importe de la casilla 415 de la declaración de la renta del año anterior, y los datos del libro de familia.
Solicitud online
Se puede solicitar a través de internet a la Agencia de la Administración Tributaria del Estado accediendo a este enlace . Previamente se debe haber obtenido el DNI electrónico y el certificado de usuario 509.V3. El debe estar previamente incluido en la base de datos del AEAT.
Requisitos para acceder a la Ayuda a Madre Trabajadora
La deducción por maternidad puede ser solicitada siempre y cuando se cumplan los requisitos que a continuación se detallan:
- Cuando una madre haya adoptado o acogido a un menor, independientemente de la edad del mismo.
- Si el pago de la Seguridad Social por parte de la empresa y la madre trabajadora supera los 100 euros mensuales.
- Si los hijos que tiene a cargo, quienes deben estar registrados en el Registro Civil, no superen los 3 años de edad.
- Si el contrato que tiene la madre trabajadora es de media jornada o jornada completa, y estando de alta en la Seguridad Social, tanto si son trabajadoras por cuenta ajena como si son autónomas.
- Es posible asignar este beneficio y si se cumple con los anteriores requisitos, si la custodia está a cargo del padre o tutor legal, o la madre haya fallecido.
Diferentes ayudas a la madre trabajadora en España
Existen diferentes tipos de ayudas para las madres trabajadoras.
La Prestación por maternidad múltiple se obtiene del resultado de la cantidad de hijos y del salario mínimo interprofesional que una madre trabajadora soltera tenga.
El Cheque Familiar se otorga cuando la madre tiene dos hijos a cargo y percibe 1.200 euros anuales.
La Ayuda para madres autónomas es aquella que se le da a las madres que trabajan por cuenta propia, y el tiempo máximo para cobrarla es de 4 meses. El cobro es el total de la base reguladora. La condición más importante es que la persona debe haber cotizado un total de 180 días durante los 7 últimos años.
Cuando uno de los padres, sobre todo la madre, presenta una discapacidad del 65% o mayor, se le otorga un pago por una sola vez de 1.000 euros cada vez que nazca o adopte un hijo, siempre y cuando la familia sea numerosa. Esta es la Ayuda por nacimiento o adopción.
Las madres trabajadoras que coticen en la Seguridad Social tiene el derecho a recibir un subsidio que puede cobrarse de forma anual, siendo el importe 1.200 euros, o bien se puede dividir en 12 meses, siendo la cantidad en este caso de 100 euros. En esta ocasión la ayuda se la conoce como Deducción por maternidad, y se obtiene cuando el hijo es menor de 3 años. La cantidad cambia de acuerdo al número de hijos.
Cuando el hijo sea menor a 18 años y posea una discapacidad del 65% o mayor, se conoce como Ayuda por tener un hijo.
Preguntas frecuentes sobre la ayuda a la madre trabajadora
Es un beneficio que se otorga por cada hijo menor de 3 años o adoptado siempre que se realice unaactividad por cuenta propia o ajena.
Se puede realizar a través de la página web de la Agencia Tributaria o por teléfono, llamando al 901 200 345.
Toda mujer que tenga hijos menores de 3 años que esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
La madre trabajadora debe tener una cuenta bancaria, un número de afiliación social, libro de familia y que el hijo sea menor de 3 años.
Se paga la segunda quincena de cada mes.